Ángel Ureña Martín

Letrado laboralista, director de esta web y creador de estos contenidos. También soy profesor e investigador.

Atención. La empresa no acepta el cambio y comunica el despido del empleado por ineptitud sobrevenida, alegando que había sido contratado expresamente para trabajar de noche y con unas funciones específicas que solamente se realizaban en ese horario. 

Despido improcedente. Aunque inicialmente la decisión empresarial fue convalidada, al final el despido se declaró improcedente [TSJ La Rioja 03-09-2020]: El trabajador ostentaba titulación suficiente para desempeñar los trabajos diurnos. La empresa puede organizarse como más le convenga.

Atención. Pero en este caso debería haber sido flexible, ya que el afectado también podía desarrollar otros trabajos y no quedó demostrada por parte de la empresa la imposibilidad de adaptación.

Idea final. Antes del despido, la empresa debe hacer un esfuerzo razonable para readaptar al trabajador.

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