Consejos y casos prácticos resueltos relacionados con el Derecho de la Seguridad Social, redactados en un lenguaje sencillo y directo, aplicando la legislación aplicable al caso en concreto.
Enunciado del caso práctico. Un trabajador tenía reconocida una incapacidad permanente total por resolución del INSS notificada el 25 de abril de 2022. Al considerar que sus limitaciones justificaban el reconocimiento de una gran incapacidad o, subsidiariamente, de una incapacidad permanente absoluta, presentó reclamación previa el 8 de junio de 2022. El INSS desestimó la reclamación por haberse formulado una vez superado el plazo de treinta días. La posterior demanda judicial también fue desestimada por falta de agotamiento idóneo de la vía administrativa previa. El 15 de mayo de 2024, el trabajador reiteró la reclamación previa contra la resolución inicial. El INSS no dictó resolución expresa, por lo que la reclamación se entendió desestimada por silencio administrativo el 17 de julio de 2024. El plazo de treinta días hábiles para presentar la demanda, descontado el mes de agosto, finalizaba el 27 de septiembre de 2024. Sin embargo, la demanda se presentó el 31 de octubre de 2024. ¿La presentación extemporánea de la reclamación previa extingue el derecho a solicitar un grado superior de incapacidad permanente? ¿Puede admitirse la posterior demanda si se ha superado el plazo legal para interponerla frente al silencio administrativo?
Leer más Caducidad de la instancia tras reiterar una reclamación previa de incapacidad permanente
Enunciado del caso práctico. Cálculo de la nómina para noviembre de 2026 de un trabajador con las siguientes características:
Leer más Cálculo de una nómina de un trabajador en situación de incapacidad temporal
Enunciado del caso práctico. Un trabajador autónomo cesa en su actividad tras acumular deudas con la Seguridad Social por falta de liquidez para el pago de cuotas del RETA. En concreto, plantea dos cuestiones prácticas: 1) si puede acceder a la prestación por cese de actividad pese a mantener deudas con la Seguridad Social; 2) si puede reanudar la prestación contributiva por desempleo que suspendió en su momento al darse de alta como trabajador autónomo. ¿La existencia de deudas con la Seguridad Social impide en ambos casos el acceso o la reanudación de la protección?
Enunciado del caso práctico. Un trabajador es despedido y, tras reconocérsele una prestación contributiva por desempleo, comienza a percibirla. Meses después, inicia un nuevo proceso de incapacidad temporal que el INSS califica como recaída de una baja anterior derivada de accidente de trabajo, producida cuando todavía prestaba servicios para la empresa. Durante esa nueva incapacidad temporal sigue percibiendo una cuantía equivalente a la prestación por desempleo. Sin embargo, al agotarse la duración inicialmente reconocida de la prestación contributiva, solicita al SEPE que se le amplíe el período de desempleo por los días en los que estuvo en incapacidad temporal, al entender que, al tratarse de una recaída de un proceso iniciado en activo y derivado de contingencia profesional, ese tiempo no debería computarse como consumido. Si el trabajador ya está percibiendo la prestación por desempleo total y pasa a incapacidad temporal que constituye recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia del contrato de trabajo, ¿debe ampliarse la duración de la prestación por desempleo por el tiempo que permanezca en esa incapacidad temporal?
Enunciado del caso práctico. 1. Un trabajador necesita acudir a un médico especialista durante su jornada de trabajo. El convenio colectivo de aplicación no recoge ningún permiso específico para asistencia médica. ¿Tiene derecho a ausentarse con salario a cargo de la empresa para acudir al especialista?. 2. En otra empresa, el convenio colectivo sí reconoce un «permiso de asistencia al médico» en los siguientes términos: «Las personas trabajadoras tendrán derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para acudir a revisiones o consultas médicas incluidas en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud» sin distinguir entre centros públicos o privados ni exigir justificación específica distinta del mero justificante de asistencia. ¿Ese permiso retribuido cubre también las consultas en la sanidad privada cuando la prestación está incluida en la cartera de servicios públicos? ¿Puede la empresa condicionar el disfrute del permiso en centros privados a que el médico privado certifique que la revisión está incluida en la cartera de servicios del sistema público y que no puede realizarse fuera del horario de trabajo?. 3 Si el convenio reconoce un permiso retribuido «para acudir al médico» sin mayor concreción, ¿puede entenderse incluido el acceso a otros servicios sanitarios (fisioterapia, psicología, etc.)?
Leer más Permiso retribuido para asistir al médico especialista público o privado
Enunciado del consejo. Un trabajador lleva varios meses de baja por incapacidad temporal. Si no comparece a un reconocimiento médico de la mutua, ¿debe readmitirlo, aunque persista en sus dolencias?
Página 1 de 6
© 2024 Tu asesor laboral. Todos los derechos reservados.